Declara tu IVA a tiempo y olvídate de las multas
Ordenamos tus facturas de compras y ventas, aplicamos tus retenciones y presentamos tu declaración en el SRI antes del vencimiento. Tú sigues vendiendo; nosotros cuidamos tus fechas.
¿Hasta cuándo tienes para declarar?
| Noveno dígito del RUC | Vence el día |
|---|---|
| 1 | 10 |
| 2 | 12 |
| 3 | 14 |
| 4 | 16 |
| 5 | 18 |
| 6 | 20 |
| 7 | 22 |
| 8 | 24 |
| 9 | 26 |
| 0 | 28 |
Declaración mensual: del mes siguiente. Semestral: en julio (enero a junio) y en enero (julio a diciembre). Si el día cae en feriado o fin de semana, se pasa al siguiente día hábil.
Así trabajamos tu IVA
Recopilamos tus comprobantes
Facturas de compras, ventas y retenciones del período.
Revisamos y cruzamos
Comprobamos que coincidan con lo que el SRI tiene registrado.
Declaramos a tiempo
Presentamos el formulario y los anexos que te correspondan.
Te avisamos el valor
Sabes cuánto pagar y hasta cuándo, sin sorpresas.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que declarar aunque no haya vendido nada?
¿Qué pasa si me atraso?
¿Qué necesito entregarles?
¿Cuánto IVA pago?
¿También hacen el anexo transaccional (ATS)?
¿Cuánto cuesta el servicio?
Base legal: Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento (plazos según el noveno dígito del RUC). Información referencial; tu caso puede tener particularidades. Si eres RIMPE, revisa también nuestra guía del RIMPE.