Declara tu IVA a tiempo y olvídate de las multas

Ordenamos tus facturas de compras y ventas, aplicamos tus retenciones y presentamos tu declaración en el SRI antes del vencimiento. Tú sigues vendiendo; nosotros cuidamos tus fechas.

Fechas de vencimiento

¿Hasta cuándo tienes para declarar?

Noveno dígito del RUCVence el día
110
212
314
416
518
620
722
824
926
028

Declaración mensual: del mes siguiente. Semestral: en julio (enero a junio) y en enero (julio a diciembre). Si el día cae en feriado o fin de semana, se pasa al siguiente día hábil.

¿Mensual o semestral? Por regla general se declara cada mes. Declaran cada semestre quienes solo venden con tarifa 0%, aquellos a quienes les retienen todo el IVA y, por regla general, los RIMPE Emprendedores. ¿No sabes cuál es tu caso? Revisa tu RUC con nuestro diagnóstico gratis.
Tú facturas, nosotros declaramos

Así trabajamos tu IVA

1

Recopilamos tus comprobantes

Facturas de compras, ventas y retenciones del período.

2

Revisamos y cruzamos

Comprobamos que coincidan con lo que el SRI tiene registrado.

3

Declaramos a tiempo

Presentamos el formulario y los anexos que te correspondan.

4

Te avisamos el valor

Sabes cuánto pagar y hasta cuándo, sin sorpresas.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que declarar aunque no haya vendido nada?
Sí. Si tienes la obligación en tu RUC, debes presentar la declaración en cero. No hacerlo genera multas y puede dejarte sin poder emitir facturas.
¿Qué pasa si me atraso?
El SRI cobra una multa por presentación tardía y, si hay impuesto a pagar, intereses por cada mes de retraso. Mientras antes regularices, menos pagas. Si tienes meses pendientes, te ayudamos a ponerte al día.
¿Qué necesito entregarles?
Normalmente nada en papel: trabajamos con tus comprobantes electrónicos. Solo te pedimos las facturas físicas o datos que no aparezcan en el SRI.
¿Cuánto IVA pago?
La diferencia entre el IVA que cobraste en tus ventas y el IVA que pagaste en compras que dan derecho a crédito tributario, menos las retenciones que te hicieron. La tarifa general es 15%.
¿También hacen el anexo transaccional (ATS)?
Sí. Si tu actividad te obliga a presentarlo, lo preparamos junto con tu declaración para que la información coincida.
¿Cuánto cuesta el servicio?
Depende de tu tipo de contribuyente y de cuántos comprobantes tienes al mes. Usa el cotizador y te enviamos la propuesta por escrito, sin compromiso.

Base legal: Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento (plazos según el noveno dígito del RUC). Información referencial; tu caso puede tener particularidades. Si eres RIMPE, revisa también nuestra guía del RIMPE.

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