Décimo tercer sueldo 2026: calcúlalo en segundos

Se paga hasta el 20 de diciembre y equivale a la doceava parte de lo que ganaste del 1 de diciembre de 2025 al 30 de noviembre de 2026. Calcula cuánto te toca, o cuánto debes pagar a tu equipo.

Calculadora del décimo tercer sueldo

Período: 1 de diciembre de 2025 al 30 de noviembre de 2026.

No incluyas décimo cuarto, fondos de reserva, utilidades ni viáticos.
Ejemplo: si ganas USD 600 al mes y trabajaste todo el período, tu décimo tercero es USD 600. Si entraste el 1 de junio con un sueldo de USD 482, trabajaste 6 meses: 482 × 6 ÷ 12 = USD 241.
Para empleadores

Paga y registra a tiempo, sin multas

1

Calculamos

El décimo de cada trabajador, con horas extra y comisiones.

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Revisamos

Quién lo cobra mensualizado y quién acumulado.

3

Pagas

Hasta el 20 de diciembre, con los valores exactos.

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Registramos

El pago en el sistema del Ministerio del Trabajo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el décimo tercer sueldo?
La doceava parte de todo lo que ganaste entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre de este año: sueldo, horas extra y comisiones. Si ganaste lo mismo todo el año, equivale a un sueldo mensual.
¿Hasta cuándo se paga?
Hasta el 20 de diciembre. Si el trabajador pidió recibirlo cada mes (mensualizado), ya lo fue cobrando junto con su sueldo y en diciembre no se paga nada adicional.
¿Qué valores no se suman?
No se suman el décimo cuarto, los fondos de reserva, las utilidades ni los viáticos o reembolsos de gastos. Solo cuenta lo que es remuneración: sueldo, horas extra, comisiones y otros pagos por el trabajo.
¿Tiene descuento del IESS o del Impuesto a la Renta?
No. El décimo tercer sueldo no paga aporte al IESS y está exento del Impuesto a la Renta, así que el trabajador lo recibe completo.
¿Y si el trabajador entró a mitad de año o ya salió?
Recibe la parte proporcional al tiempo trabajado en el período. Si salió de la empresa, se incluye en su liquidación.
¿El empleador tiene que registrarlo en el Ministerio del Trabajo?
Sí. Después de pagarlo, el empleador registra el pago en el sistema del Ministerio del Trabajo dentro del plazo que fija cada año. No pagarlo o no registrarlo puede generar multas. Nosotros lo calculamos y registramos por ti.

Base legal: Código del Trabajo (art. 111, décimo tercera remuneración; art. 95, qué se considera remuneración). Información referencial; tu caso puede tener particularidades. Revisa también todas las obligaciones de nómina e IESS.

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